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Los vecinos de Santa Eulalia del Río ya disfrutan de las ventajas de la energía solar
Ha sido este año cuando se ha instalado en Santa Eulalia del Río la primera infraestructura municipal suministrada por energías renovables. Se trata de una pérgola con placas solares que permitirá la recarga de vehículos eléctricos en el estacionamiento del campo de fútbol de Sant Carles de Peralta.
La intención del Ayuntamiento es la de fomentar instalaciones como esta para lograr una red municipal de puntos de recarga que se complemente con la de los particulares.
Los propietarios de vehículos eléctricos podrán cargar su coche de manera gratuita. Solo tendrán que solicitar una tarjeta especial en el Ayuntamiento.
Son este tipo de iniciativas las que ayudan a concienciar a la ciudadanía de la necesidad de apostar por las energías renovables. En municipios como Santa Eulalia del Río, donde hay más de 2.800 horas de sol cada año, disfrutar de la energía solar resulta especialmente rentable.
Otra iniciativa que anima a los vecinos a instalar paneles solares en sus tejados es la de los beneficios fiscales que conlleva.
Beneficios fiscales por instalar placas solares
El Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río bonifica a los vecinos que decidan instalar paneles solares en sus viviendas con una reducción del 50% sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) durante 5 años.
Se establece una bonificación del 50% de la cuota íntegra del Impuesto para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo. La aplicación de esta bonificación, que tendrá un límite temporal de 5 años y surtirá efectos, en su caso, a partir del periodo impositivo siguiente a la instalación.
[Enlace al documento completo – Pág. 5]
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Además de lo anterior, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), está bonificado por un 95%. Así lo indica la ordenanza fiscal:
Tendrán una bonificación del 95% de la cuota del Impuesto de construcciones, instalaciones u obras que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
[Enlace al documento completo – Pág. 31]
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