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Beneficios fiscales en el IBI e ICIO por instalar placas solares en Talavera de la Reina
En los últimos años, la inversión en energías renovables ha aumentado bastante. Comunidades como la de Castilla-La Mancha han experimentado una transición energética sin precedentes. Según los datos, es una región que aporta casi el 12% de la energía renovable de España, además de ser una de las comunidades con más paneles solares instalados.
A todo esto, según un estudio del Instituto Nacional de Estadística hay que añadir que, tres provincias de Castilla-La Mancha se encuentran en los primeros puestos de los territorios más soleados. Y es que, esta Comunidad tiene un gran potencial energético que han sabido aprovechar.
A esto hay que añadir que, muchos municipios de España, tienen la posibilidad de beneficiarse de las ayudas fiscales que ofrecen muchos ayuntamientos. Entre ellas, el municipio de Talavera de la Reina, en Toledo, que cuenta con bonificaciones en el IBI e ICIO.
Beneficios fiscales en Talavera de la Reina
Por consiguiente, el Ayuntamiento de Talavera de la Reina bonifica con un 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) durante 5 años a todos los vecinos que decidan instalar placas solares. Así lo indica su ordenanza fiscal:
Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación del 50 por ciento en la cuota íntegra del impuesto, los edificios que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante cinco periodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
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Asimismo, siempre que la instalación represente un 50% del suministro de energía con paneles homologados, también podrán disfrutar de un 20% en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
Se aplicará una bonificación del 20% en la cuota del impuesto a aquéllas construcciones, instalaciones u obras, en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, siempre y cuando dichos sistemas representen un suministro de energía mínimo del 50% del total y que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores homologados por la Administración competente.
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